En Banbu vamos más allá
La preocupación por los disruptores endocrinos (EDCs) en cosmética está creciendo entre consumidores, profesionales sanitarios y formuladores responsables. Estas sustancias, capaces de interferir en el funcionamiento hormonal incluso a dosis muy bajas, están bajo la lupa de la comunidad científica y reguladora por su posible relación con alteraciones del desarrollo, infertilidad, enfermedades metabólicas y ciertos tipos de cáncer hormonodependientes.
Ante este contexto, muchas personas nos preguntan:
¿Excluye Banbu únicamente las sustancias de la lista prioritaria de la UE, o vais más allá? ¿Os basáis solo en las evaluaciones del SCCS? ¿Implica esto que los cosméticos actuales son inseguros?
Estas preguntas son más que válidas. Y suponen una oportunidad para explicar de forma clara, rigurosa y honesta cómo abordamos este tema en Banbu: desde el conocimiento científico, pero también desde un compromiso ético real con la salud y el medioambiente.
¿Qué dice la legislación europea sobre los disruptores endocrinos?
La Unión Europea regula los productos cosméticos a través del Reglamento (CE) Nº 1223/2009, una de las normativas más avanzadas a nivel mundial. En ella se contemplan restricciones y prohibiciones para sustancias que puedan suponer un riesgo para la salud humana, incluidos los disruptores endocrinos, aunque no existe aún una lista cerrada y oficial de sustancias prohibidas exclusivamente por su actividad hormonal.
En su artículo 15, este reglamento prohíbe el uso de sustancias clasificadas como carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción (CMR), salvo en determinadas excepciones reguladas por el Comité Científico de Seguridad del Consumidor (SCCS). Respecto a los EDCs, el enfoque es más difuso: las sustancias se evalúan caso por caso, y la prohibición se produce solo cuando el riesgo ha sido científicamente confirmado y no hay alternativas viables.
En 2023, la Comisión Europea publicó una lista prioritaria de 28 ingredientes sospechosos de actividad endocrina, que serán sometidos a una evaluación más detallada. Esto no significa que estén prohibidos, sino que están “en estudio”.
¿Cuál es el enfoque de Banbu?
En Banbu no nos conformamos con esta lista prioritaria. Creemos que esperar a que se prohíban oficialmente ingredientes que ya han sido cuestionados científicamente, aunque aún sean legales, no es coherente con nuestra visión preventiva, ética y responsable.
Aplicamos un criterio más estricto, basado en cinco principios clave:
1. Revisión científica multifuente
Nos guiamos por múltiples referencias, no solo por la legislación vigente:
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Opiniones actualizadas del SCCS.
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Listas de sustancias candidatas a ser consideradas de "alta preocupación" (SVHC) de la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA).
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Declaraciones científicas de la Endocrine Society, pionera en la investigación de EDCs.
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Evaluaciones de organismos internacionales como la OMS/PNUMA (2013).
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Estudios académicos sobre exposición combinada y efectos a dosis bajas (Vandenberg et al., 2012).
2. Aplicación del principio de precaución
Si un ingrediente es legal pero presenta evidencia creíble de riesgo hormonal, aunque no haya consenso definitivo, optamos por excluirlo. Preferimos pecar de cautos antes que esperar un dictamen oficial que puede tardar años.
3. Evitar ingredientes controvertidos, aunque estén permitidos
Nuestro equipo de formulación evita sistemáticamente compuestos como:
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Butylparaben
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Benzophenone-3 (oxybenzone)
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BHA / BHT
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Cyclotetrasiloxane (D4) y otros siloxanos cíclicos
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Fragancias sintéticas con ftalatos o almizcles nitrados
Estos ingredientes han sido señalados por diversos estudios como posibles EDCs y, en algunos casos, ya han sido prohibidos en productos infantiles o de protección solar en otros países.
4. Evaluación del “efecto cóctel”
La toxicología tradicional evalúa sustancias una a una, pero sabemos que los disruptores endocrinos pueden generar efectos acumulativos o sinérgicos incluso si cada uno está presente en concentraciones legales. Este fenómeno —el “cocktail effect”— ha sido documentado por la propia Comisión Europea como una de las principales lagunas de la regulación actual.
En Banbu evaluamos el producto como un todo, no solo ingrediente por ingrediente.
5. Formulación segura para colectivos sensibles
Nuestros productos están diseñados pensando en personas especialmente vulnerables:
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Mujeres embarazadas o en edad fértil
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Niños y niñas
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Personas con disfunciones hormonales o inmunológicas
Esto nos lleva a trabajar con materias primas de alta trazabilidad, con certificación ecológica real, y con procesos de transformación que garanticen pureza y ausencia de contaminantes o impurezas residuales.
¿Significa esto que la cosmética europea es insegura?
No. Y esto es muy importante.
El Reglamento Europeo es de los más seguros del mundo. Reconocemos su valor y su rigurosidad. Pero también sabemos —y lo dice la propia Comisión— que aún hay muchas incógnitas científicas en torno a los efectos de los EDCs, sobre todo en el largo plazo y en exposiciones múltiples.
Por eso en Banbu no hablamos desde el miedo, sino desde la ciencia. No pretendemos alarmar ni sugerir que los cosméticos convencionales sean “veneno”. Nuestra diferencia está en aplicar un estándar voluntariamente más estricto, basado en la mejor evidencia científica disponible y en un compromiso real con la salud integral.
Lo que ofrecemos: transparencia y confianza basada en evidencia
Nuestra política de exclusión de EDCs no es una estrategia de marketing. Es una decisión formulativa con impacto en todo el proceso:
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Selección de proveedores con documentación técnica detallada.
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Sustitución de activos controvertidos por alternativas seguras y efectivas.
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Uso de sistemas conservantes y fragancias naturales con evaluación toxicológica completa.
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Comunicación clara, sin falsas promesas, pero con firmeza ética.
Conclusión
La verdadera sostenibilidad no es solo ecológica. También es toxicológica, científica y humana. Por eso en Banbu elegimos ir más allá del mínimo legal. No porque la ley sea insuficiente, sino porque creemos que la cosmética del futuro se construye hoy, con evidencia, responsabilidad y transparencia.
Bibliografía técnica y científica:
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SCCS Opinions on Benzophenone-3, Butylparaben, Cyclotetrasiloxane, etc. (2021–2023)
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WHO/UNEP (2013). State of the Science of Endocrine Disrupting Chemicals
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Vandenberg LN et al. (2012). Endocrine-disrupting chemicals: low-dose effects and nonmonotonic dose responses. Endocrine Reviews
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ECHA – Candidate List of Substances of Very High Concern for Authorization
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Endocrine Society (2009, 2015). Scientific Statements on Endocrine Disruption